Gobierno nacional acogió solicitud de ATRANSEC sobre el transporte escolar

El Decreto 048 de 2013 flexibilizó prestación del servicio en los municipios de menos de 30.000 habitantes

Pereira. Mediante el Decreto No.048 de 2013, el gobierno nacional flexibilizó la prestación del servicio de transporte escolar en los municipios de menos de 30.000 habitantes, a fin de que los alcaldes puedan contratar dicho servicio y cumplir con esta obligatoria labor social.


Para la Directora Ejecutiva de ATRANSEC y Vicepresidenta de la Asociación Nacional de Transportadores – ASOTRANS, Nidia Colorado Osorio, este acto administrativo responde positivamente a las inquietudes planteadas en las mesas nacionales de trabajo con el sector transportador, llevadas a cabo en Bogotá a finales del año anterior, donde la dirigente gremial manifestó que en el país eran muchos los alcaldes que no habían podido cumplir con la entrega del subsidio de transporte a los estudiantes, toda vez que no encontraron una empresa especializada como lo obligaba la ley.

En su momento, la ejecutiva argumentó que el Decreto 174 de 2001 exigía a los alcaldes contratar el servicio de transporte de estudiantes con las empresas habilitadas en el servicio Especial Escolar, entidades que no encontraban nada atractivos los municipios montañosos y con trochas como los que se encuentran en el eje cafetero, coyuntura que bajo ninguna circunstancia justificaba habilitar una empresa en la modalidad de especial con  4 o 5 camperos, para los horarios y contratos establecidos con escolares. 

De esta manera y con la expedición del Decreto 048 de 2013, en los municipios con población hasta de treinta mil habitantes, donde no exista oferta del servicio de transporte escolar, ni empresas de servicio público de transporte terrestre automotor especial, éste podrá ser prestado por empresas de transporte terrestre automotor mixto o colectivo legalmente constituidas y habilitadas en el municipio.

La normatividad indica igualmente, que en caso de que en alguna localidad no existan empresas de servicio público de transporte terrestre automotor mixto o colectivo municipal, dicho servicio podrá ser prestado por las personas naturales que destinaron sus vehículos de servicio particular al transporte escolar rural, y que lógicamente en la actualidad tengan el respectivo permiso de la autoridad municipal para operar dentro de su jurisdicción.

“Esta decreto expedido recientemente es un logro del gremio del transporte terrestre de pasajeros, pues en el marco de la responsabilidad social que les asiste, se les dio un respaldo a los alcaldes para que puedan implementar sin disculpa alguna el subsidio de transporte para los estudiantes”, puntualizó Colorado Osorio.

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