Consejo de Estado anula sanción de destitución e inhabilidad impuesta a exalcalde Alonso Salazar

Agencia de Noticias / RAM.

En un hecho sin precedentes, el Consejo de Estado decidió en las últimas horas anular la sanción de destitución e inhabilidad por 12 años que le impuso la Procuraduría General de la Nación al exalcalde de Medellín Alonso Salazar Jaramillo.

La medida sienta un precedente y tácitamente limita las facultades que tiene el ministerio público para sancionar a los funcionarios públicos elegidos popularmente, ya que en el caso de Salazar señala que sólo cabe una amonestación.

El exalcade de la capital antioqueña fue destituido por el Procurador Alejandro Ordoñez Maldonado a través de la cuenta en Twitter, por supuestamente haber violado la ley de garantías por las denuncias que hizo en las elecciones del 2010 en el sentido de que algunos candidatos al Concejo de Medellín tenían presuntos vínculos con grupos al margen de la ley.
Igualmente, por el respaldo de estos grupos a la candidatura de Luis Pérez a la Alcaldía de Medellín.

Según el dictamen que emitió la Procuraduría en segunda instancia “el exmandatario local disciplinado realizó comentarios y afirmaciones por diferentes medios de comunicación escritos y electrónicos con el fin de darle publicidad a una posible comisión de unos hechos delictivos por parte de algunos candidatos a cargos de elección popular en los comicios llevados a cabo en octubre del 2011″.

El Consejo de Estado consideró desproporcionada la sanción de destitución y la inhabilidad por 12 años para ocupar cargos públicos.

El fallo del Consejo de Estado, emitido con fecha del 26 de marzo, señala concretamente:

“Anular parcialmente los actos administrativos sancionatorios de primera y segunda instancia proferidos respectivamente, por la Procuradora delegada para la vigilancia preventiva de la función pública el 29 de febrero de 2012, y la sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación el 26 de abril de 2012 que declararon responsable al exalcalde de Medellín Alonso Salazar Jaramillo, de haber incurrido en las faltas disciplinarias consagradas en los numerales 39 y 40 del artículo 38 de la ley 996 de 2005, y le sancionaron con destitución del cargo e inhabilidad general por 12 años”.

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