La desinformación generada por algunas personas inescrupulosas, sobre el fallo definitivo del Consejo de Estado, el cual invalidó el Literal b) del Artículo 3 de la Ordenanza No 012 de 2009, relacionado con el cobro de la Estampilla Prodesarrollo, llevó a la Secretaria Jurídica y el Tesorero Departamental, a realizar una serie de precisiones sobre dicho caso.
Gloria Edith Fernández, Secretaria Jurídica, manifestó que desde el pasado 16 de diciembre se suspendió el cobro de la Estampilla Pro Desarrollo a los contratos que se celebran por los municipios, sus entidades descentralizadas y las Empresas Sociales del Estado, acatando el fallo definitivo del Consejo de Estado, el cual quedó ejecutoriado el pasado 16 de diciembre.
Por su parte el Tesorero Departamental, Andrés Millán, aclaró que dicho fallo no estipula la devolución de recursos, como se está manifestando irresponsablemente en la comunidad.
“Los contratos suscritos con antelación al 16 de diciembre de 2013, fecha a partir de la cual pierde vigencia el Literal b), no son objeto de devolución, ya que la Sentencia no ordenó la devolución de lo recaudado por Estampilla Pro Desarrollo, ni tiene efectos retroactivos”, dijo Millán.
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