Tribunal Contencioso de Risaralda tumbó el decreto que prohíbía el parrillero en Dosquebradas

Gobierno de Dosquebradas obligado a acatar la medida

Fuente / Mermelada Política. El Tribunal Contencioso Administrativo del Risaralda “tumbó” la medida que prohibía  la circulación de motos con parrillero hombre en el municipio de Dosquebradas.

Bajo el argumento que no pueden ser normas de carácter público temporales que se empleen o cuyo uso, se apliquen  de manera permanente.

Además, en el programa de gobierno por ganar adeptos durante su campaña política, la medida demandada por la entonces alcaldesa de Dosquebradas, Luz Ensueño Betancur, decía todo lo contrario “que no la iba a implementar” lo cual se constituye en violación a uno de sus compromisos incluidos para gobernar.

DEMANDANTE
Mermelada política conoció en medios judiciales autorizados el texto de la medida que había sido demandada el pasado 11 de febrero de 2011, por el líder social y político de Dosquebradas, Álvaro Restrepo Arenas y de cuya decisión se notificará este mismo lunes 13  o martes 14 de febrero.

La medida de transportar o llevar al parrillero fue implementada durante el gobierno pasado de la alcaldesa Luz Ensueño Betancur y la  vigencia de dicho decreto debe ser acatada de inmediato por el hoy alcalde de esa localidad Jorge Diego Ramos Castaño. Es decir: queda sin vigencia.

Como se recuerda la decisión de utilizar dicha prohibición sirvió de “caballito de batalla” en la contienda política en contra del alcalde de entonces, Uberney Marín Villada por parte de la   saliente   alcaldesa, en lo que se consideró otra decisión en su contra.

REMEZÓN Es de esperar que la medida que se cumple también  en Pereira, de prohibir la movilización del parrillero, pueda ser modificada por el alcalde Enrique Vásquez.

El Instituto de Tránsito, la policía, se pronunciarán este lunes sobre el particular. Igual   el alcalde Ramos Castaño y las cerca de 3 organizaciones de motociclistas, con la de Wilson Zapata a la cabeza, que han pedido de tiempo atrás la derogatoria de la mencionada decisión.

Se estima que en el sólo Área Metropolitana circulan cerca de 160 mil motos, de las cuales 40 mil en la localidad industrial donde fue “tumbada” el   decreto por la competente autoridad judicial. En La Virginia es un medio de transporte eficiente debido a la planicie de su territorio y a la temperatura que allí se registra pro ser puerto sobre el Cauca.

PERJUICIOS
El demandante, Restrepo Arenas se mostró satisfecho con lo actuado por el Tribunal, recordando que se actuó en derecho y eso obliga a las autoridades locales que no “sean facilistas con medidas como la de prohibir el parrillero en hechos cuando se ve turbado el orden público sino que se deben adoptar otras medidas al amparo de la ley y la sana convivencia.

Recalcó que se corroboró además que era una medida que afecta a los estratos uno, dos y tres de la población que se movilizan a sus trabajos – la mayoría de ellos – o a estudiar los otros, afectando  sus ingresos.  Estimó, además, que en su momento la medida se empleó para “proporcionar que mas pasajeros llegarán al sistema Megabús” con las debidas consecuencias negativas para dicha población.

Por Álvaro Rodríguez Hernández.

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