Adoptado oficialmente el Código Postal de Risaralda

El Código Postal no reemplaza la dirección de residencia o lugar de trabajo, sino que es un complemento para la entrega de correspondencia.

Visitando la página www.codigopostal.gov.co los interesados podrán conocer el Código Postal de su lugar de residencia o de trabajo.

Con la expedición del Decreto No 0841 de Agosto 29 de 2013, la Gobernación de Risaralda adoptó oficialmente el uso del Código Postal, atendiendo lo estipulado en el Decreto No 0852 de Abril 25 de 2013 expedido por el Gobierno Nacional. Así lo dio a conocer la Secretaria Administrativa, Yormen Neri Molina.

Dicho Decreto establece los términos y condiciones para la adopción del Código Postal en el Territorio Nacional, con el firme objetivo de sacarle el mayor provecho a la herramienta.

“Es importante aclarar que el Decreto No 0852 del 2013, establece que el Código Postal rige sólo para las entidades y organismos del sector público nacional y territorial, que deberán incorporar el Código en las bases de datos pertinentes y de uso continuo como destinatarios de acuerdo a su actividad”, manifestó la Secretaria Administrativa Departamental, Yormen Nery Molina.

Este Mecanismo permitirá además de identificar comunidades específicas y organizar zonas, facilitar procesos logísticos y favorecer el desarrollo de proyectos sociales, entre otros.

La funcionaria también dio a conocer, que es importante que las administraciones tengan en cuenta los siguientes requerimientos:

1. Para la  adopción del mismo es necesario  la actualización del soporte informático de la Cartografía de las Cuencas Hidrográficas.

2. La actualización  de la Red vial Departamental.

3. El uso continuo del Código Postal en toda la documentación que se utilice.

4. Realizar la difusión del Código Postal entre todos los habitantes.

”Cada una de las  anteriores actividades deben ser atendidas  según la competencia de cada una de las Secretarías, por lo tanto les solicitamos tomar las medidas  que sean necesarias  para cumplir con las mencionadas normas”, agregó Molina.

A continuación se dan a conocer los Códigos Postales de la Gobernación de Risaralda y las 14 alcaldías del departamento:

Gobernación de Risaralda: 660004

Alcaldías

Apía: 664001

Balboa: 662010

Belén de Umbría: 664040

Dosquebradas: 661002

Guática: 664010

La Celia: 662030

La Virginia: 662001

Marsella: 661040

Mistrató: 664020

Pereira: 660002

Pueblo Rico: 663011

Quinchía: 664001

Santa Rosa de Cabal: 661020

Santuario: 663001


Datos de Interés

• El Código Postal se compone de 6 números, los dos primeros hacen referencia al departamento, teniendo en cuenta la codificación del DANE, los dos siguientes corresponde a los municipios y los dos últimos dígitos corresponde a los distritos postales al interior del municipio.

• La  Ley 1369 de 2009,  estableció la  utilización del Código Postal en la República de Colombia,  y radicó en  cabeza  del  Ministerio de Tecnologías de la Información y  las Comunicaciones, las funciones de estructurar, administrar y difundir el Sistema de Codificación Postal.

• De acuerdo con el Artículo Tercero del Decreto 0852 del 25 de abril de 2013, se entiende por Destinatarios lo siguiente: “Son destinatarios de estas disposiciones las entidades  y organismos  del  sector  central  y  descentralizado  de  la  administración pública  en  el nivel  nacional  y  territorial,  las  cuales  deberán  adoptar  el  "Código Postal", en  los términos indicados por este decreto.

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