La Corte Constitucional, en su fallo sobre el Marco Jurídico para la Paz, sostuvo que los cabecillas de la guerrilla tienen que ser sometidos a proceso.
En su decisión de declarar aplicable el Marco Jurídico para la Paz, la Corte Constitucional incluyó una orden que se conoció en las últimas horas y que señala: "El mecanismo de suspensión total de ejecución de la pena no puede operar para condenados como máximos responsables de los delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra".
Sin embargo, expresamente los magistrados señalaron que la suspensión total --es decir, no enviar a la cárcel a los condenados por delitos de lesa humanidad, como en la práctica ocurre con todos los miembros del Secretariado de las Farc-- no puede concederse. Esta condición pone límites a las negociaciones con los guerrilleros.
Fuente / UPI.

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