Movimiento Mira radicó Acción de Cumplimiento en contra de organismos de Tránsito y Transporte

El Movimiento MIRA, radicó Acción de Cumplimiento orientada judicialmente a que los organismos de tránsito y transporte cumplan la ley, ordenando la sustitución de licencias gratuitas, la suspensión al proceso de renovación de las licencia de conducción de servicio público que operan para vehículos particulares, así como también la devolución del dinero a quienes teniendo derecho a la sustitución, pagaron por ella injustamente.  Así lo indicó la Vocera en Risaralda Martha Cecilia Alzate.  


En Risaralda se presentó la acción judicial en Pereira, Santa Rosa y La Virginia, anexando aproximadamente 30 mil firmas de los distintos ciudadanos que avalan la solicitud, bajo el entendido de que se está reclamando algo justo, y que lo señala la ley vigente. La misma acción se presentó simultáneamente en las principales ciudades de Colombia.

El objetivo es que se cumpla lo señalado en el parágrafo 1 y 2 del artículo 17 de la Ley antigua de tránsito (769 de 2002), modificado por el artículo 4 de la Ley actual de tránsito (1383 de 2010) y por el artículo 244 de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo (1450 de 2011).

La molestia la desató el Ministerio de Transporte ya que en rueda de prensa de Octubre de 2012, señaló que iniciaría la sustitución o cambio de las licencias de conducción a partir del año 2013 y hasta el año 2015, bajo el entendido de que es un derecho que le asiste a quienes ya tienen una licencia de conducción y deseen tener el nuevo diseño que salió a partir del 15 de julio del presente año. 

Al afán que tiene el Ministerio de Transporte de cobrar el cambio de las licencias de conducción que por ley son gratuitas, se suma el caos y las fallas del Sistema RUNT que a pesar de que se amplió el plazo hasta a mediados de octubre para tener la nueva licencia, el sistema sigue saturado. 

Así las cosas los ciudadanos del Departamento y de todo el país, están esperanzados en que aproximadamente en un mes que tienen como fecha los juzgados administrativos y los tribunal contencioso administrativo, para fallar la Acción de Cumplimiento a favor, puedan recibir la buena noticia que alivia un poco el bolsillo de los colombianos.

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