El SENA hace llamado a empresarios para que cumplan cuota de contratos de aprendices

‘El Contrato de Aprendizaje es la mejor herramienta para impulsar la competitividad y productividad de su empresa’ con este mensaje la Dirección de Empleo, Trabajo y emprendimiento del SENA a nivel nacional está invitando a los empresarios colombianos a cumplir con la cuota de contratos de aprendizaje.

El titular de dicha dependencia, Germán Alberto Chaves Correal, invitó a los empresarios a conocer los diferentes perfiles de los aprendices del SENA para que vinculen los que requieran  para su cuota de aprendizaje.

Agregó Chaves Correal que ‘los empresarios colombianos se pueden contactar a través de la línea gratuita empresarial SENA  01-8000-910-682, o ingresar por el aplicativo de Gestión Virtual de Aprendices en el cual podrá conocer la normatividad, su estado de cuenta y empezar a gestionar los aprendices para  su empresa’.

‘Su empresa, a través del contrato de aprendizaje SENA, tiene la posibilidad de tener talento humano acorde a sus necesidades y a su vez asumir el papel co-formador a través del cual su empresa fortalece su capital humano, dando oportunidad a los jóvenes de nuestro país y apoyando a la generación de empleo’ puntualizó el directivo nacional. 

Como se recuerda, con la expedición del Decreto 1779 de 2009 se busca incentivar la empleabilidad existente en las empresas que tienen su cuota de aprendices regulada o no estén obligados a contratar, pudiendo patrocinar de manera voluntaria aprendices sin que estos sean objeto de cuota regulada.

Se trata de un contrato formativo, el cual se debe cumplir en un lapso no mayor a dos años, teniendo en cuenta las etapas lectiva y productiva por las que pasa todo aprendiz del SENA. Según recordó Luz Piedad Tabares Moreno, coordinadora de Relaciones Corporativas del SENA Risaralda ‘La ley 115 de 1994, en su artículo 189 prevé que las empresas que contraten aprendices adicionales a los que legalmente están obligadas, podrán deducir hasta el 130% de dichos pagos. Como también deberá garantizarles a los aprendices sus derechos en los términos legales, como no incurrir en disminución de su planta de personal mientras dure el contrato de aprendizaje’.

Agrega Tabares Moreno que la empresa que decida incrementar el número de aprendices, debe informarlo a la Regional del SENA donde funcione su domicilio principal, precisando el número de aprendices que requiere y su especialidad.

Con este llamado, el SENA sigue generando herramientas de seguimiento y mejora continua a la gestión del Contrato de Aprendizaje con el objetivo de generar más y mejores contratos de aprendizaje. La vinculación de aprendices SENA puede hacerse directamente ingresando por la página www.sena.edu.co

El SENA hará el seguimiento al cumplimiento de lo establecido en este Decreto utilizando la información registrada en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA y en las bases de datos o fuentes de información que posea o implemente la entidad para el efecto.

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