Fue reglamentada la publicidad electoral en Dosquebradas

Luis Edgar Ramírez.
Gobierno
Mediante Decreto 514 del 7 de diciembre el municipio industrial reglamenta la publicidad electoral, por lo que se define que cada partido o movimiento con persona jurídica a fin de instalar una valla deberá contar con el permiso escrito de la Secretaria de Gobierno, y tendrán un área de hasta 48 mts2 y no podrá instalarse a menos de 50 metros una de otra.

Cada partido o movimiento político podrá instalar hasta 10 pasacalles y se permitirá un máximo de 15 por candidato. También queda prohibido la fijación o colocación de publicidad política en las plazoletas, templos, amoblamiento urbano, monumentos históricos, andenes, arboles, muros, paredes estructuras y edificaciones, entidades públicas, entre otras.

Lo anterior, según el secretario de Gobierno Luis Édgar Ramírez a fin de cumplir con los requisitos contemplados en el Articulo 9 de Resolución 0237 de 32 de marzo de 2009 del Consejo Nacional Electoral.

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