La Presidencia de la República y la Administración Departamental realizarán este martes, 22 de julio, el Taller De Prevención Contra la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes en el Auditorio de la Gobernación de Risaralda.
Al Taller de Prevención han sido invitados empresarios, autoridades y organizaciones sociales del Departamento.
Este martes, 22 de julio, gremios, autoridades, Secretarios de Despacho y organizaciones sociales lideradas por la Gobernación de Risaralda a través de la Consejería de Paz y la Presidencia de la República, capacitarán sobre cómo construir Entornos Protectores para Prevenir la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes (Escnna).
El Taller que se realizará a partir de las 8:00 a. m. en el Auditorio de la Gobernación de Risaralda, busca articular el trabajo interinstitucional que se realiza en Cartagena con empresarios, entidades gubernamentales, Policía Naciona y ONG. Igualmente visibilizar las acciones de prevención y atención de la ESCNNA que se realizan en el Departamento.
“La Administración Departamental ha sido cero tolerante con la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes, y una muestra de ello, es que con el apoyo del Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, se le estarán entregando herramientas a la sociedad civil, a los empresarios y a las organizaciones para que nos apoyen con este compromiso”, indicó la Consejera de Paz del departamento, Mónica Gómez Marín.
Datos de Interés
· Según la UNICEF, “la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, ESCNNA, consiste en el abuso sexual cometido contra una persona menor de 18 años de edad, en el que a la víctima o a un tercero se le ofrece pagar o se le paga en dinero o en especie para tener relaciones sexuales con ellas o para utilizarlas en pornografía o en espectáculos sexuales”.
· La explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes es un crimen condenado por diferentes instrumentos internacionales ratificados por Colombia y un delito según el Código Penal colombiano, reformado por las Leyes 1329 y 1336 de 2009, que conlleva a penas de hasta 32 años de cárcel.
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