Reglamentado el día sin carro y sin moto en La Virginia

Nelson Palacio
Alcalde
Mediante el Decreto 093 de agosto de 2012, el Alcalde de La Virginia, Nelson Palacio Vásquez, reglamentó en su municipio la realización el próximo 28 de septiembre del día sin carro y sin moto.

De esta manera, para dicha fecha se prohibió por espacio de 12 horas, entre las siete de la mañana y las siete de la noche, la circulación de vehículos automotores en todo el territorio municipal, para lo cual se creó un Comité de Seguimiento encargado de organizar y coordinar las actividades complementarias para este día, además de evaluar los logros de los objetivos propuestos.

Dicho comité integrado por los secretarios de Gobierno, en calidad de Presidente, y los titulares de las secretarias de Salud, Desarrollo Social, Deporte y Recreación, Planeación, Tránsito y Movilidad, además del Asesor de Comunicaciones.

Según el acto administrativo expedido por el gobierno municipal de La Virginia, los objetivos de esta jornada se encaminan a la reducción de los índices de contaminación por gases y ruidos, a la disminución de la accidentalidad en la ciudad, al mejoramiento de la movilidad del transporte público, sensibilización a la ciudadanía sobre la problemática asociada con el uso reducido del transporte público y a la promoción de alternativas de desplazamiento particular y masivo menos traumático para el ambiente.

Así mismo, el gobierno del alcalde Palacio Vásquez busca generar una pedagogía social en torno a la conveniencia de utilizar el transporte público para proteger el medio ambiente, el uso adecuado de los recursos naturales, la seguridad vial y la salud, como obligaciones sociales de corresponsabilidad ciudadana, todo lo anterior enmarcado en el desarrollo de actividades deportivas, lúdicas y recreativas durante la jornada.

Excepciones

Quedan exceptuadas de la medida del día sin carro y sin moto, en consideración a las necesidades del municipio, los automotores pertenecientes a los cuerpos y las Fuerzas Armadas oficiales, los vehículos de las entidades de socorro y atención de emergencias, así como los de vigilancia privada.

Igualmente, la excepción aplica para los vehículos de atención médica personalizada y los operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios debidamente identificados, los destinados al transporte escolar, a las personas discapacitadas o pacientes vitales que deban desplazarse, los de valores, funerarios con su respectivo cortejo, y los de carga y alimentos perecederos, estos últimos sometidos a los horarios de cargue y descargue establecidos, así como los de propiedad de los medios de comunicación.

Las motocicletas exentas de la medida son aquellas que presten servicios de domicilios a negocios o empresas, las cuales deben estar debidamente identificadas y marcadas con el logo de la empresa, y bajo ninguna circunstancia, podrán llevar parrillero.

La movilidad intermunicipal

Con el fin de no afectar la movilidad de las personas que necesitan cruzar el municipio, y cuyo origen o destino sea una ciudad o municipio diferente, quedan exceptuadas de la medida del día sin carro y moto en La Virginia, los corredores de la Calle 16 C y la Calle 15.

Las reglas de desplazamiento

Para el desplazamiento de los vehículos automotores autorizados y el transporte alternativo, el Decreto expedido por el alcalde Palacio Vásquez fijó como reglas la conservación de todos los sentidos viales para los vehículos de transporte público y motocicletas; el respeto, tanto por los vehículos autorizados para circular, como por los usuarios de transporte alternativo, de las normas de tránsito vigente; y con el fin de organizar la circulación de la población al interior del territorio del municipio, se establecen unas rutas seguras, entendidas estas como corredores especiales de transporte alternativo.

Finalmente, queda completamente prohibida la expedición de permisos especiales de circulación, y serán la Secretaría de Tránsito y Movilidad de La Virginia y la Policía de Carreteras las entidades que tendrán a su cargo el control y la vigilancia del acatamiento de las medidas adoptadas.

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