Pensión familiar ya es una Ley

Todos los ciudadanos podrán optar de ahora en adelante y de manera voluntaria a la pensión familiar, cuando sus cotizaciones individuales no alcancen los topes que exige la ley para obtener ese beneficio.

Así lo dispone la nueva ley 1580 de 2012 que incluye normas originadas en el Legislativo y que precisan que los cónyuges o compañeros permanentes podrán acumular sus cotizaciones para acceder a las mesadas pensionales.


La iniciativa que dio vida a la nueva legislación pensional, fue presentada en el Congreso por el senador Jorge Ballesteros (Partido de la U), quien celebró su sanción.

Las parejas que no logren sumar el número de cotizaciones para pensionarse, tendrán derecho a una pensión mínima que estará financiada por el Fondo de Garantía de Pensión Mínima, precisa la nueva normatividad.

También se precisa que los cónyuges deberán estar afiliados a un mismo régimen de ahorro individual y certificar cinco años de relación conyugal que se deberá haber iniciado antes del cumplimiento de 55 años de cada uno.

La ley dispone que en caso de que estén en administradoras diferentes, deberán trasladarse los recursos al fondo donde se encuentre afiliado el (la) cónyuge o compañero (a) permanente titular de la pensión. Se establece que el Gobierno Nacional reglamentará lo pertinente para el traslado de dichos aportes.

La pensión familiar será una sola y se reconocerá una sola vez. En caso de que se compruebe bigamia o que alguno de los beneficiados están involucrados en otras relaciones de pareja, la jubilación les será suspendida.

No hay comentarios:

Publicar un comentario