Por FREDDY FERNÁN LÓPEZ PATIÑO
Editor / RISARALDAHOY.COM
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda en su sala plena a través de la magistrada ponente, Dufay Carvajal Castañeda, no encontró méritos para decretar la perdida de investidura de los concejales que en el 2008 votaron favorablemente el acuerdo que dio vida jurídica a la creación de la ESE Salud Dosquebradas. El caso fue archivado.
La medida del Tribunal favorece a los siguientes personajes, para la época concejales de Dosquebradas, algunos de ellos en otros cargos actualmente:
Miguel Ángel Rave Rojo, concejal; Julián Alonso Chica Londoño, actualmente asesor del alcalde Diego Ramos; Alexander García Morales, diputado de Cambio Radical; Héctor Hincapié Escobar, ex concejal hoy dedicado a su oficio de abogado; John Jairo Llanos Zapata, concejal; Carlos Alberto Velásquez Echeverry, concejal; Fernando José Muñoz Duque, concejal; Marco Aurelio Ramírez Cuervo, concejal; Henry Rincón Álzate, actual director del Área Metropolitana del Centro – Occidente; José Arles Rivera Cano, actual presidente del Concejo de Dosquebradas; Manuel Leonel Rojas Hurtado, concejal; Héctor Jaime Trejos Montoya, ex concejal.
Según el fallo conocido por RISARALDAHOY.COM, la demanda de solicitud de pérdida de investidura había sido instaurada por la Veeduría Ciudadana por Dosquebradas, representada legalmente por el señor Oscar Elías Matta Peláez, alegando entre otras, ‘indebida destinación de dineros públicos’.
Sin embargo, según la defensa de los concejales, ‘el Concejo de Dosquebradas no intervino en la destinación de recursos para la compra de la edificación de la ESE Rita Arango Álvarez del Pino, pues es la alcaldesa Luz Ensueño Betancur Botero con las facultades concedidas, quien realizó dicho negocio con dineros de libre destinación y no con recursos destinados a otro fin’.
Con base en estas consideración más otras, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda concluyó que ‘aunque el inmueble hubiere sido adquirido para el funcionamiento y entrada en operación de la ESE Salud Dosquebradas, no podría predicarse por ese hecho una indebida destinación de dineros públicos por parte de los concejales investigados, pues se reitera, no tuvieron participación o injerencia en la negociación realizada, por cuanto ello es de competencia exclusiva del ejecutivo municipal’.
Según los magistrados Carlos Arturo Jaramillo Ramírez, Dufay Carvajal Castañeda, Fernando Alberto Álvarez Beltrán, Liliana Marcela Becerra y Olga Lucía Jaramillo Giraldo, ‘resulta forzoso denegar la solicitud de pérdida de investidura deprecada en la demanda”.
En tal sentido, entonces fue negada la perdida de investidura para los personajes mencionados, dicho fallo no tiene apelación.
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