Si usted quiere evitar que lo "tumben" con el cobro de pensiones, servicios de salud o que simplemente voten suplantando a un familiar que ya falleció, entonces tramite el Registro de Defunción de las personas que fallecen.
Con este Registro la persona que fallece deja de existir legamente. Sin este documento el Estado Colombiano no puede conocer el número de personas fallecidas.
Requisitos para la inscripción en el Registro de Defunción:
· Presentarse personalmente en la Oficina de Registro Civil del lugar de ocurrencia del fallecimiento.
· Solicitar la inscripción en el Folio de Registro Civil de Defunción, aportando los documentos requeridos y suministrando la información solicitada al funcionario de Registro Civil del lugar de ocurrencia del fallecimiento.
· Firmar la inscripción y recibir copia del Registro Civil de Defunción, en la Oficina de Registro Civil del lugar de ocurrencia del fallecimiento.
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