Si usted quiere evitar que lo "tumben" con el cobro de pensiones, servicios de salud o que simplemente voten suplantando a un familiar que ya falleció, entonces tramite el Registro de Defunción de las personas que fallecen.
Con este Registro la persona que fallece deja de existir legamente. Sin este documento el Estado Colombiano no puede conocer el número de personas fallecidas.
