Se crea en la PILA un tipo de cotización especial para el servicio doméstico a tiempo parcial
Empleadas domésticas mantendrán afiliación al régimen subsidiado de salud
127.000 trabajadoras domésticas a tiempo parcial se beneficiarán con la medida
Quedó habilitado el mecanismo que permite realizar los aportes de seguridad social de los trabajadores de servicio doméstico a tiempo parcial.
La afiliación y posterior cotización de aportes a seguridad social de los trabajadores a tiempo parcial, se debe realizar en 3 pasos, aquí los explicamos:
1. Confirme que su empleada doméstica esté afiliada al régimen subsidiado en salud.
2. Vincule a su trabajador al sistema de seguridad social. Escoja la Administradora de riesgos laborales- ARL y la Caja de Compensación Familiar a la que desea afiliar a su trabajadora. Así como el fondo de pensiones que elija su trabajador.
La mayoría de las administradoras del sistema permiten descargar los formularios de afiliación a través de Internet, o se pueden reclamar directamente en los puntos de atención de cada operador.
Luego se deben radicar los formularios en cada una de las entidades prestadoras de ARL, Pensión y Caja de Compensación escogidos.
3. Por último, elija un operador de pago PILA (planilla integrada de liquidación de aportes), aquí los empleadores podrán mensualmente liquidar lo correspondiente a riesgos laborales, pensión y Caja de Compensación de su trabajador. Los Operadores de PILA le orientarán para realizar su inscripción y brindarán información sobre todas las etapas del proceso.
*Se creó un tipo de cotizante especial para la población que trabaja tiempo parcial, este se identifica en la planilla con el N.51, que corresponde a (trabajador tiempo parcial, afiliado al régimen subsidiado en salud).
*Para que los empleadores puedan cumplir con lo establecido en el Decreto 2616 de 2013 que permite la cotización a seguridad social para trabajadores dependientes que laboran por períodos inferiores a un mes, éstos deben encontrarse vinculados laboralmente; con contrato a tiempo parcial, es decir, que en un mismo mes, sea contratado por periodos inferiores a treinta (30) días, y que el valor que resulte como remuneración en el mes, sea inferior a un (1) salario mínimo mensual legal vigente, es decir $616.000 pesos.
Desde ahora ya no hay excusa para que los empleadores vinculen al Sistema de Seguridad Social a los trabajadores de servicio doméstico a tiempo parcial que estén a su cargo. Contribuir con la formalización laboral, dignifica y mejora la calidad de vida de los trabajadores.
Cotización trabajadores tiempo parcial
Si trabaja entre 1 y 7 días al mes: Base cotización ¼ del SMLMV.
ARL $3.215
Pensión $24.640
Caja de Compensación $6.160
Total a pagar x Empleador $27.855 pesos
Total a pagar x Trabajador $6.160 pesos (4% pensión)
Si trabaja entre 8 y 14 días al mes: Base cotización 1/2 del SMLMV
ARL $3.215
Pensión $49.280
Caja de Compensación $12.320
Total a pagar x Empleador $52.496 pesos
Total a pagar x Trabajador $12.322 pesos
Si trabaja entre 15 y 21 días al mes: Base cotización 3/4 del SMLMV
ARL $3.215
Pensión $73.920
Caja de Compensación $18.480
Total a pagar x Empleador $77.136 pesos
Total a pagar x Trabajador $18.480 pesos
Si trabaja más de 21 días al mes: Base cotización 1 SMLMV.
ARL $3.215
Pensión $98.560
Caja de Compensación $24.640
Total a pagar x Empleador $101.776 pesos
Total a pagar x Trabajador $24.640 pesos

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