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Actos sexuales con menores de 14 años son un delito que se castiga hasta con 13 años de cárcel

Con o sin consentimiento, los actos sexuales con menores de 14 años son un delito que se puede castigar con nueve a 13 años de prisión. Así lo establece el Artículo 209 del Código Penal Colombiano.

Pero eso no es todo. De acuerdo con el mismo Código la pena o castigo puede aumentar hasta 20 años de cárcel, si se trata de Acceso Carnal Abusivo con Menor de 14 años. Como si fuera poco, las penas para estos delitos descritos pueden aumentar entre un 30% y un 50 %  cuando:

1.     Se produzca embarazo.