La Sala Penal de ese tribunal se pronunció en ese sentido en una orden que le impartió a la Fiscalía para que respondiera al político.
En su orden, el Tribunal explica que “no se advierte que dentro de la investigación” el demandante (Zuluaga) tenga la calidad de víctima, pues el ente acusador, como receptor de la denuncia formulada por Zuluaga, consideró que esta carece de fundamento y se ordenó una investigación ante la posible comisión del delito de falsa denuncia, explica la Fiscalía en un boletín.
En otras palabras, si no hay delito, no “hay lugar a considerar como ofendido al denunciante”, dice este juez colegiado.
La Fiscalía contó que en una carta que le envió el vicefiscal Jorge Fernando Perdomo al abogado Jaime Granados, defensor del excandidato presidencial del Centro Democrático, le dice que —respondiéndole los escritos radicados el 13 de junio y el 3 de septiembre del 2014 y tras un análisis de la investigación en contra del ciudadano Rafael Revert— el ente acusador considera que no es posible darle “acceso a todas las evidencias recolectadas al interior de la misma”, es decir, al video en que aparece Zuluaga con el ‘hacker’ Andrés Fernando Sepúlveda.
La razón: hasta el momento, conforme a los respectivos elementos de prueba, no existe la más mínima inferencia de que Zuluaga sea víctima de algún delito, “no obstante que la investigación ha estado enfocada en verificar tal situación”, agrega la Fiscalía.
El Tribunal concluye, según la Fiscalía, que la postura del vicefiscal de no acceder a entregar al accionante [Zuluaga] copia del video “resulta legítima desde el plano constitucional y, por lo mismo, no representa afectación a los derechos fundamentales del solicitante de amparo”.
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